Permisos y
Licencias.
El uso de Software
no autorizado o adquirido ilegalmente, se considera como PIRATA y una violación
a los derechos de autor.
El uso de Hardware
y de Software autorizado está regulado por las siguientes normas:
- Toda
dependencia podrá utilizar únicamente el hardware y el software que el
departamento de sistemas le haya instalado y oficializado mediante el
"Acta de entrega de equipos y/o software".
- Tanto
el hardware y software, como los datos, son propiedad de la empresa. su
copia o sustracción o daño intencional o utilización para fines distintos
a las labores propias de la compañía, será sancionada de acuerdo con las
normas y reglamento interno de la empresa.
- El
departamento de sistemas llevara el control del hardware y el software
instalado, basándose en el número de serie que contiene cada uno.
- Periódicamente,
el departamento de sistemas efectuará visitas para verificar el software
utilizado en cada dependencia. Por lo tanto, el detectar software no
instalado por esta dependencia, será considerado como una violación a las
normas internas de la empresa.
- Toda necesidad de hardware y/o software adicional debe ser solicitada por escrito al departamento de sistemas, quien justificará o no dicho requerimiento, mediante un estudio evaluativo.
- El
departamento de sistemas instalará el software en cada computador y
entregará al área usuaria los manuales pertinentes los cuales quedaran
bajo la responsabilidad del Jefe del departamento respectivo.
- Los
diskettes que contienen el software original de cada paquete serán
administrados y almacenados por el departamento de sistemas.
- El
departamento de sistemas proveerá el personal y una copia del software
original en caso de requerirse la reinstalación de un paquete
determinado.
- Los
trámites para la compra de los equipos aprobados por el departamento de
sistemas, así como la adecuación física de las instalaciones serán
realizadas por la dependencia respectiva.
- La
prueba, instalación y puesta en marcha de los equipos y/o dispositivos,
serán realizada por el departamento de sistemas, quien una vez compruebe
el correcto funcionamiento, oficializara su entrega al área respectiva
mediante el "Acta de Entrega de Equipos y/o Software".
- Una
vez entregados los equipos de computación y/o el software por el
departamento de sistemas, estos serán cargados a la cuenta de activos
fijos del área respectiva y por lo tanto, quedaran bajo su
responsabilidad.
- Así
mismo, el departamento de sistemas mantendrá actualizada la relación de
los equipos de computación de la compañía, en cuanto a número de serie y
ubicación, con el fin que este mismo departamento verifique, por lo menos
una vez al año su correcta destinación.
- El
departamento de sistemas actualizará el software comprado cada vez que una
nueva versión salga al mercado, a fin de aprovechar las mejoras realizadas
a los programas, siempre y cuando se justifique esta actualización.
Derechos de autor
y licencia de uso de software.
El Copyright, o
los derechos de autor, son el sistema de protección jurídica concebido para
titular las obras originales de autoría determinada expresadas a través de
cualquier medio tangible o intangible.
Las obras
literarias (incluidos los programas informáticos), musicales, dramáticas,
plásticas, gráficas y escultóricas, cinematográficas y demás obras
audiovisuales, así como las fonogramas, están protegidos por las leyes de
derechos de autor.
El titular de los
derechos de autor tiene el derecho exclusivo para efectuar y autorizar las
siguientes acciones:
- Realizar
copias o reproducciones de las obras.
- Preparar
obras derivadas basadas en la obra protegida por las leyes de derechos de
autor.
- Distribuir
entre el público copias de la obra protegida por las leyes de derechos de
autor mediante la venta u otra cesión de la propiedad, o bien mediante
alquiler, arrendamiento financiero o préstamo.
- Realizar
o mostrar la publicidad de la obra protegida por las leyes de derechos de
autor.
- Importar
el trabajo, y realizar actos de comunicación pública de las obras
protegidas.
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